INTRODUCCIÓN
El enfoque que el que sigue la
ideología humanista le da a las Escrituras es perverso en principio.
Sistemáticamente lee mal la Biblia. Por eso Hays escribe, respecto a la caída
del hombre:
Para volver a la serpiente,
cuando Eva engaña a Adán, a quien la serpiente previamente le había dicho la
verdad, los ojos de la pareja primitiva son abiertos y «son como dioses,
sabiendo el bien y el mal». También se dan cuenta de que están desnudos y se
vuelven por primera vez sexualmente culpables; en otros términos, se inventó el
coíto.
La Biblia, dicen algunos, tiene
una opinión mala del sexo, en tanto que el hombre moderno tiene una opinión
saludable. Sin embargo, un connotado psicoanalista ha hallado que la opinión
moderna es más bien malsana.
La expresión «divertirse» se
vuelve en los Estados Unidos de América más y más sinónimo de tener relaciones
sexuales. Esta nueva connotación es sintomática de la degradación emocional del
proceso sexual. La experiencia sexual es en realidad muy seria, y a veces
incluso trágica. Si es solo diversión, ya no es divertida.
Se debe notar, todavía más, que
no solo se ha atacado la noción bíblica del sexo y el matrimonio, sino también
al cristiano por profesar esa noción. Muy temprano, «la enseñanza moral de los
misioneros cristianos sonaba como crítica de la vida privada de la familia
imperial, un ataque a la ley romana y a la moral de la sociedad romana».
Oímos mucho de la corrupción e
inmoralidad del clero medieval y muy poco de los muchos sacerdotes y monjes
fieles, ni tampoco a menudo se nos dice de los esfuerzos de personas inmorales
de esa era para subvertir al clero. Berthold observaba: «Las hijas jóvenes y
señoritas no piensan nada más que en cómo seducir monjes y sacerdotes». El motivo
de esta hostilidad es la ley bíblica y su insistencia en que solo las
relaciones sexuales maritales son legítimas y morales. El estándar bíblico del
matrimonio se ve como opresivo e innatural.
La fusión de personalidades,
incluso cuando evade el peligro de devorarse mutuamente, tropieza incluso con
otro conflicto en el patrón sexual básico mamífero. En general, la monogamia
fiel no parece ser un patrón natural, sino uno de fabricación social; incluso
así, es raro al punto de parecer casi anormal. De las ciento ochenta y cinco
sociedades analizadas en los Archivos de Aspecto de Relaciones Humanas de la Universidad
Yale, solo alrededor del cinco por ciento fueron monogamias en las cuales no se
permitía ninguna actividad sexual externa para los hombres o se la desaprobaba.
La fidelidad, así, parece difícil
para algunos eruditos, innatural y grandemente sobreestimada, y la insistencia
en ella es la causa de hipocresía, culpa, desdicha y matrimonios rotos. Todo
esto es el producto de la identificación de los individuos, porque la
infidelidad es una participación de una experiencia muy intensa con otra
persona que no es el principal compañero de amor de uno, y por consiguiente
rompe la fusión.
Incluso si la infidelidad se
esconde perfectamente, levanta en la persona barreras hostiles en lugares
oscuros en los cuales el otro no puede penetrar. El Dr. Abraham Stone ha
informado que en casi tres décadas de asesoramiento matrimonial ha hallado la
infidelidad casi siempre inocua, pero prácticamente siempre causa de
ocultamiento, culpa, y dificultades de interacción de la personalidad y amor
total.
No obstante, la incomodidad de la
fidelidad puede ser el precio al cual uno compra considerable felicidad y
estabilidad en el matrimonio.
En tal noción, hay en el mejor de
los casos una aceptación pragmática desdichada de la monogamia, y tal
perspectiva no puede inspirar fidelidad. No hay referencia aquí al significado
del matrimonio; solo a lo que el individuo puede obtener, al precio más barato.
Así, incluso lo que parece asentimiento a la ley bíblica subraya los principios
radicalmente diversos de la fe bíblica y la ideología humanista.
Cole escribe: «El cristianismo y
el psicoanálisis pueden concordar en que el patrón coital estándar de Rado, la inserción
del pene en la vagina antes del orgasmo representa la medida de la «sexualidad “normal”».
Aquí está una «medida de
sexualidad normal» sin ninguna referencia al decreto y palabra divinos, sino
solo a la relación entre el pene y la vagina. La sexualidad normal para el
cristianismo es sexualidad marital; el adulterio es una violación de esta
relación y un acto anormal, criminal, un
ataque al orden fundamental.
Al tratar con el matrimonio, el
séptimo mandamiento lo destaca como la palabra ley esencial: «No cometerás
adulterio» (Éx 20: 14; Dt 5:18). Esta misma ley se indica en varias formas; se
prohíbe en Levítico 18:20 y se la describe como contaminación. Se especifica
que el castigo por el adulterio es la muerte (Lv 20:10; Dt 22: 22).
A FIN DE VER EL ASUNTO EN PERSPECTIVA,
EXAMINEMOS LAS REGULACIONES PREMARITALES.
En muchas culturas se le prohíbe
el adulterio a la mujer, pero al hombre se le concede actitud licenciosa
premarital y postmarital. La práctica griega y romana aquí es bien conocida. En
la cultura china se consideraba el adulterio, antes del comunismo por lo menos,
solo como transgresión de la mujer. El hombre era libre para hacer lo que se le
antojara. Los niños que le nacían a un hombre de sus relaciones extramaritales se
llevaban a la casa del hombre, y la esposa tenía que aceptarlos. A veces se dice
que los estándares bíblicos eran similares; no hay evidencia de esta
afirmación.
EN TANTO QUE NO HAY LEY QUE TRATE
DIRECTAMENTE CON ESO, EL TENOR GENERAL DE LA LEY, LA EVIDENCIA DE PROVERBIOS, Y
EL NUEVO TESTAMENTO DEJAN EN CLARO LA POSICIÓN BÍBLICA.
Primero, como ya se anotó previamente, la
ley exigió el exterminio de los cananeos, sus cultos de fertilidad, y su
prostitución religiosa. El propósito de la ley es una tierra purgada de todos
estos males. La ley atendía una situación en donde estos males en particular no
tenían existencia; de aquí, no tenían existencia legítima.
Segundo, no solo que se debía eliminar a
las prostitutas cananeos, sino que no debía existir ninguna de origen hebreo.
El castigo se deja a las autoridades, pero la ley claramente prohibía la
existencia de prostitutas y sodomitas (prostitutos homosexuales) hebreos:
No contaminarás a tu hija
haciéndola fornicar, para que no se prostituya la tierra y se llene de maldad
(Lv 19: 29).
No haya ramera de entre las hijas
de Israel, ni haya sodomita de entre los hijos de Israel (Dt 23: 17).
El castigo para la hija de un
sacerdote que se hacía prostituta era la muerte (Lv 21: 9).
Tercero, en Proverbios se condena toda
sexualidad extramarital, y los consejos respecto a los males de la prostitución,
el adulterio y la sexualidad premarital se dan todos como sabiduría antigua y
como implícitos en la ley de Dios. Se declara la castidad marital como el
estándar (Pr 5: 1-23). Se la presenta, no como vida empobrecida, sino como
manantial de gozo y salud para el ser del hombre (Pr 5: 15-23).
Se condena en especial el
adulterio; la prostituta es una degenerada moral, pero la adúltera añade
perversidad a su mal: «La prostituta no busca más que un trozo de pan, pero la
mujer adúltera lo que quiere es una vida preciosa» (Pr 6: 26, LAT). El
adulterio es un fuego devorador (Pr 6: 20-35). Conduce a la muerte y a la ruina
(Pr 7:1-27). Las relaciones sexuales con prostitutas son malas, pero el
adulterio es mal y necedad culminantes. Todo esto Salomón lo enuncia como la
sabiduría de la ley.
Cuarto, el Nuevo Testamento prohíbe toda
relación sexual no marital, y las reales relaciones sexuales premaritales, por
consiguiente, por igual, sin ninguna otra preocupación aparte de indicar de
nuevo la ley bíblica para los convertidos griegos y romanos (Hch 15: 20, 29;
21: 25; Ro 1: 29; 1ª Co 5: 1; 6: 13, 18; 7:2, etc.). Cristo prohibió los
pensamientos que conducen a eso (Mt 5: 28).
Claramente, entonces, la ley
bíblica está diseñada para producir una sociedad de familia, y la transgresión
social central es atacar a la vida de la familia. El adulterio se coloca al
mismo nivel que el asesinato, en que es un acto asesino contra la institución
social central de cualquier cultura saludable. El adulterio sin castigo es
destructivo de la vida de la familia y del orden social.
De parte de la esposa, es
traición a la familia e introduce al hogar una lealtad ajena, como también una simiente
extraña. De parte del esposo, también es traición y deslealtad, y además socava
su propia autoridad moral. Un esposo moralmente limpio tiene confianza en su
autoridad y la ejerce en confianza dada por Dios.
El hombre culpable es menos capaz
de ejercer la autoridad y vacila entre la arbitrariedad y la aplicación de la autoridad.
El orden-ley de la familia es de una pieza, y la familia que la rompe en un
punto inevitablemente lo entrega en todos los demás puntos. Los arrestos por fornicación
y adulterio eran bajos en 1948; y ya en 1969 virtualmente habían desaparecido,
así como también mucho de la disciplina interna de la familia. Los comentarios
de Zimmerman en cuanto a las eras fuertemente de familia de la historia, o sea,
las eras de familias fideicomisarias, es interesante:
Así que en el período de
fideicomisarios, el adulterio, junto con uno o dos crímenes más, es el acto más
infame contra toda la sociedad (grupo emparentado que conecta a la persona con
la vida). Al esposo no lo castiga necesariamente su propia familia sino que
tienen que arreglárselas con la otra familia por sus pecados; así que en lugar
de aguantarlo, lo sujetan al abandono dañino y si la otra familia no lo mata,
debe huir por su vida al destierro perpetuo o hasta que se olvide el delito.
En el caso en que el esposo
comete adulterio con una mujer que no tiene familia inmediata, no hay nadie
para castigarlo excepto los parientes de la mujer (siempre y cuando su propia
familia no le exija cuentas), pero en muchos casos estas son simplemente las
personas que lo harán. Gregorio de Tours informa tales casos en el período de
fideicomisarios entre los franceses después de la declinación romana.
La familia es el custodio central
de la propiedad y de los hijos, dos aspectos básicos de
cualquier sociedad. Una sociedad saludable es la que protege a la familia porque
reconoce que su supervivencia está en juego.
Un aspecto de protección es
contra la violencia o violación sexual. Los textos que citan las leyes sobre la
violación y seducción son los siguientes: violación, Deuteronomio 22: 23-29;
seducción, Éxodo 22: 16, 17.
El castigo por la violación de
una mujer casada, o de una mujer desposada, era la muerte. La ley especifica
que se presumía consentimiento de parte de la mujer si ocurría «en la ciudad» y
«ella no gritaba», y entonces se daba por sentado que ella era una participante
en el adulterio antes que un acto de violación.
Como Lutero observó: «Se menciona
aquí a la ciudad por razón de ejemplo, porque allí habrían personas disponibles
para ayudarla. Por consiguiente el que ella no gritara revela que estaba siendo
disfrutada por voluntad propia». En otras palabras, «la ciudad» representa aquí
ayuda disponible; ¿se la pidió?
Los casos clasificados como
seducción son técnica y realmente casos de violación también; la diferencia es
que la muchacha en cuestión no está ni casada ni desposada.
¿Por qué, en tales casos, no se
invocó la pena de muerte? En los casos anteriores, el matrimonio ya estaba
contraído; la transgresión era tanto contra el hombre como contra la mujer, y
por consiguiente, se requería la muerte. En el caso de la soltera, no desposada,
la decisión descansaba en manos del padre de la muchacha, y, en parte, la muchacha.
Si el ofensor, citado simplemente
como seductor en Éxodo 22: 16, 17, y como violador en Deuteronomio 22: 28, 29,
es un esposo aceptable, entonces debía pagar 50 siclos de plata como dote y
casarse con ella, sin derecho a divorcio «por cuanto la humilló» (Dt 22: 29);
pero «Si su padre no quisiere dársela, él le pesará plata conforme a la dote de
las vírgenes» (Éx 22: 17). Si de esta manera se rechazaba a un hombre como
esposo, a la muchacha se la compensaba por la transgresión para hacerla esposa
atractiva para otro hombre, viviendo como vendría con una doble dote, la propia
y su dinero de compensación.
Para entender el trasfondo de
esta ley, recordemos, primero, que el ordenley bíblico requiere la muerte de
los delincuentes y criminales incorregibles. El seductor o violador de una
muchacha no comprometida en matrimonio no era presumiblemente un adolescente
incorregible, aunque en este punto claramente culpable. Ninguna ganancia era
posible de esta transgresión.
Si se le permitía que se casara
con la muchacha, lo hacía sin derecho a divorciarse, y al costo de pagarle una
dote completa. Si se le rehusaba, todavía tenía que pagarle una dote completa a
la muchacha, pérdida considerable de su propio futuro.
En el matrimonio, la mujer estaba
protegida del abuso y difamación de parte del esposo. Si cuestionaba su
moralidad sexual, un ritual que claramente requería de verificación
sobrenatural revelaba la inocencia o culpabilidad de ella. Si la mujer culpable
de adulterio, moría una muerte lenta. Si era inocente, Dios la bendecía (Nm 5: 11-21).
Ella «sembrará su propia simiente» (Nm 5: 28, trad. literal), lo que quiere
decir todavía más que se le exige al esposo que cumpla toda sus obligaciones
con ella.
Si el esposo difamaba el carácter
de la mujer, aduciendo que ella no fue virgen cuando se casó con ella, se le
llevaba a la corte, junto con la esposa. Si la acusación era verdad, ella
moría; si la acusación era falsa, al hombre se le multaba 100 siclos de plata,
pagaderos al suegro, y perdía el derecho de divorciarse (Dt 22: 13-21). De esta
manera se protegía a la mujer en el matrimonio.
Legalmente se le garantizaba en
todo momento su alimentación, ropa, y «el deber conyugal», o sea, relaciones sexuales,
en el hogar de su esposo (Éx 21: 10). También se garantizaba que al esposo no
se le podía reclutar, «ni en ninguna cosa se le ocupará» que lo alejaría del hogar
durante el primer año de su matrimonio (Dt 24: 5).
Para volver ahora a la cuestión
del adulterio, la interpretación de Cole de la noción del Nuevo Testamento es
de interés particular:
El adulterio no era meramente la
violación de la casa de otro hombre, la transgresión de los derechos de otro
semejante varón, amenazando la seguridad de su línea de sangre, sino una
violación de su unidad con su esposa, una ruptura de su estado de «una carne»
(jenosis). Y el adulterio no era solo del cuerpo sino también del corazón,
«Porque del corazón salen los malos pensamientos, los homicidios, los
adulterios, las fornicaciones» (Mateo 15: 19).
Puesto que esto era cierto, el
adulterio ya había sido cometido por una mirada de lujuria o un deseo
libidinoso (Mateo 5: 27-28).
Verdad de sobra, pero el
adulterio es en primera y última instancia una transgresión, como todo pecado
lo es, contra Dios y su orden-ley. Como David correctamente confesó: «Contra
ti, contra ti solo he pecado, y he hecho lo malo delante de tus ojos» (Sal 51: 4).
Todo pecado es esencialmente contra Dios, y de aquí que en las transgresiones
sexuales no se puede marginar el énfasis centrado en Dios.
EL CASTIGO POR EL ADULTERIO EN EL
ANTIGUO TESTAMENTO ERA CLARAMENTE LA MUERTE.
¿CUÁL ES EL CASTIGO EN EL NUEVO
TESTAMENTO?
El incidente de la mujer
sorprendida en adulterio (Jn 8: 1-11) a menudo se ha considerado en este
contexto, pero sin pertinencia. Primero,
Jesús rehusó que se le hiciera juez de asuntos legales, en este caso y
en el asunto de la heredad cuestionada (Lc 12: 13, 14). Como Señor de gloria, rehusó
que se le reduzca a juez de paz. Segundo,
Jesús dejó en claro que el juez debe tener manos limpias, o de otra
manera queda descalificado para juzgar: «El que de vosotros esté sin pecado sea
el primero en arrojar la piedra contra ella» (Jun. 8: 7).
Claramente, por pecado él quería decir aquí
adulterio. Y, su desafío fue, ¿se atreven a condenarla sin condenarse ustedes
mismos? Temiendo el conocimiento y juicio de Jesús, ellos se fueron. Tercero, cuando la mujer culpable lo
reconoció como «Señor», él la perdonó y la despidió (Jn 8: 10, 11). Este perdón
fue un perdón religioso, no un
juicio civil. Él no interfirió,
con esto, en ningún acto que el esposo pudiera tomar para disolver el
matrimonio.
A un asesino se le puede asegurar
religiosamente el perdón y sin embargo con todo ejecutarlo; confundir el perdón
religioso y civil es un error serio. Acán confesó su culpa ante la apelación
religiosa de Josué, pero con todo lo ejecutaron (Jos 7: 19-26). De este modo,
el incidente de la mujer sorprendida en adulterio, aunque importante con
respecto a la gracia, no es pertinente a la cuestión legal. Se puede añadir que
la pena de muerte había dejado de imponerse por el adulterio, y el intento de
forzar a Jesús a que dictara juicio fue un esfuerzo por abochornarlo.
Si él negaba la pena de muerte,
su declaración de que él había venido a cumplir la ley (Mt 5: 17, 18) sería
cuestionada; y si afirmaba la pena de muerte, él afirmaría una posición
altamente impopular. Jesús, en retorno, los juzgó a ellos; los inicuos no pueden
imponer la ley, y ellos eran inicuos.
La falta de todo orden civil en
este respecto aparece en Hebreos 13: 4: «Honroso sea en todos el matrimonio, y
el lecho sin mancilla; pero a los fornicarios y a los adúlteros los juzgará
Dios». Dios debe juzgarlos, pero la sociedad entonces no lo hacía. El juicio de
Dios es ineludible, por más que el juicio del hombre esté ausente. Pero, ¿cuál
fue el juicio de Dios respecto al adulterio?
EL TEXTO CRÍTICO ES 1A
CORINTIOS 5, MUY DIFÍCIL EN CUANTO A ALGUNOS DETALLES.
Primero, el caso en cuestión es un miembro
que «tiene como mujer a la esposa de su propio padre» (1 Co 5:9, PDT). En términos de Levítico 18: 8, esto era
incesto y exigía la pena de
muerte. Pablo dice con claridad que este pecado es una transgresión incluso entre los gentiles.
Segundo,
aunque es
claramente incesto en términos de la ley bíblica, San Pablo no trata del asunto legalmente como caso de incesto.
Él deja en claro, en el v. 1,
que es incesto, sin embargo. Más bien, al hombre se le da el título general de «fornicario», que cubre una variedad
de transgresiones (1a Co 5: 9, 11). Puesto que el padre al parecer todavía estaba
vivo, dado que a ella se la menciona como «la mujer de su padre», y no viuda, la transgresión del hombre con su
madrastra es adulterio tanto como
incesto. El término «fornicario» cubre ambos factores pero es menos específico.
Tercero, San Pablo les ordena: «el tal sea
entregado a Satanás para destrucción de la carne, a fin de que el espíritu sea
salvo en el día del Señor Jesús» (1a Co 5: 5). Craig tiene razón al
interpretar esto como la pena de muerte. Así que la pena de muerte es claramente
la ley de Dios para el incesto y para el adulterio. La iglesia, sin embargo, no
puede ejecutar a un hombre; la pena de muerte no le pertenece a la iglesia. La
iglesia, sin embargo, debe en efecto pronunciar la pena de muerte al entregar
al hombre a Satanás; o sea, retirarle la protección providencial de Dios, y así
el hombre puede arrepentirse y ser redimido. Cuarto, la iglesia, sin embargo, tiene la obligación de actuar, mientras
tanto.
Debe limpiarse «de la vieja
levadura»; no debe asociarse con fornicarios dentro de la iglesia, «con el tal
ni aun comáis. Quitad, pues, a ese perverso de entre vosotros» (1a Co
5: 6-13). Puesto que a la mujer no se la incluye en el juicio, se puede dar por
sentado que ella no es cristiana y por consiguiente no está sujeta a la
disciplina de la iglesia. El arrepentimiento del ofensor podía después de una
temporada posiblemente restaurarlo a la comunión de la iglesia, pero siempre
como alguien con una reconocida sentencia de muerte sobre él.
De este modo, a la iglesia se le
da ayuda legal realista para vérselas con el problema de transgresiones
capitales en una sociedad que no las reconoce como tales, porque se reconoció
realistamente que este era un problema serio para la iglesia. Un orden-ley
santo restaurará la pena de muerte, pero la iglesia debe vivir objetivamente
con su ausencia y protegerse. El juicio apropiado de la iglesia a la vez
reconoce la pena de muerte y actúa en términos de la realidad presente.
La iglesia primitiva actuó en
términos de esto. Se juzgaba severamente el adulterio y a los adúlteros se les
recibía de nuevo en la comunión de la iglesia solo en los términos más
rigurosos.
EN ALGUNAS REGIONES, PREVALECÍA LA
EXCLUSIÓN TOTAL, PERO ESTO NO FUE GENERAL.
El mundo en el que penetró la
iglesia tenía una variedad de actitudes hacia el adulterio, desde la tolerancia
hasta la mutilación salvaje. En la Polonia precristiana, «se llevaba al
criminal a la plaza, y se le sujetaba por los testículos con un clavo; se ponía
una cuchilla a su alcance, y él tenía la opción de ejecutar justicia sobre sí
mismo o permanecer donde estaba y morir». En Roma, «Teodosio instituyó la
espantosa práctica de violación sexual pública, la que, sin embargo, pronto
abolió».
Al presente, muchos sostienen el
adulterio como el curalotodo para una variedad de problemas psicológicos. Un
profesor de psiquiatría de la Universidad Temple ha recomendado enredos
amorosos como solución a algunos problemas. Tan temprano como 1929, un
investigador halló que una causa común del adulterio entre las mujeres era la
creencia de que se perderían algo de la vida si no participaban en el adulterio.
El Dr. G. V. Hamilton, que hizo el estudio, informó, según Sherrill:
Una gran porción de estas mujeres
que estaban teniendo aventuras fuera del matrimonio no lo hacían debido a algún
factor temperamental. No era más difícil para ellas que para otras ser castas,
ni tampoco derivaban alguna satisfacción psíquica inusual de sus aventuras. Más
bien, parecía que seguían este curso de acción porque sintieron que debían
poner en práctica conceptos que se habían formado de la «libertad conyugal».
Debido a que el estado está
entremetiéndose cada vez más en las dos responsabilidades sociales básicas de
la familia, la custodia de la propiedad y de los hijos, está relegando el
adulterio al campo de las cosas periféricas y relativamente sin importancia.
No es sino cuando la autoridad de
la familia en este aspecto se restablezca que el adulterio volverá de nuevo a
ser una amenaza a la sociedad antes que una forma de entretenimiento. Al
presente se ve el adulterio como un asunto personal y como una cuestión de
experiencia y placer personal, y nada más.
En todas las culturas en donde ha
existido la autoridad de la familia sobre la propiedad y los hijos, o se ha
restablecido, el adulterio ineludiblemente se vuelve uno de las transgresiones
más temidas, y hay una larga historia de torturas y represalias brutales contra
los ofensores. La relación es ineludible: en donde una transgresión es traición
contra la sociedad, se imponen penas particularmente severas.
La respuesta bíblica, pues, es restablecer
a la familia en sus funciones, protegerla en su integridad, y entonces castigar
a sus ofensores. En una sociedad saludable, la traición es un crimen raro. En
un orden-ley verdaderamente bíblico, el adulterio también será raro. Con la
opinión presente al contrario, a menudo ha sido raro en el pasado, y no común
en Irlanda en el día presente, según Gray.
Una nota final. La iglesia
primitiva tenía un serio problema: su obligación de defender la ley en una edad
sin ley. Los hombres cuyas transgresiones requerían la pena de muerte, como en
el caso de la iglesia de Corinto, siguieron vivos, y su retorno a la iglesia
después del arrepentimiento presentó problemas. En donde la ley bíblica
requería restitución, el asunto era relativamente sencillo, pero, ¿qué de las
transgresiones que exigían la muerte?
La aceptación en base a una
declaración sencilla de arrepentimiento era hacer de estas transgresiones más
leves en sus consecuencias que muchas transgresiones menores. Como resultado,
evolucionó el sistema de penitencias. Los protestantes, que están acostumbrados
solo a ver sus recientes abusos flagrantes, casi siempre no ven su salud
anterior, y su fuerza como instrumento de ley. De los adúlteros se exigían
actos de penitencia, por ejemplo, no como
obra de expiación, sino como actos prácticos de santificación.
La penitencia servía a un
propósito doble. Primero, demostraba la sinceridad de la profesión de
arrepentimiento. Segundo, constituía una forma de restitución. La penitencia
era entonces un paso firme hacia el restablecimiento de un orden-ley que el
estado había negado.